Código LEI

Desde el 3 de enero de 2018 es de obligado cumplimiento que toda persona jurídica que participe en mercados financieros facilite el código LEI a su intermediario financiero.

Código LEI

¿Qué es el código LEI?

La pasada crisis financiera puso de manifiesto la necesidad de desarrollar un sistema eficaz de identificación de las contrapartidas en operaciones financieras a escala global. En respuesta a esta necesidad, las autoridades públicas y los participantes de la industria financiera han desarrollado el sistema global del LEI. El código LEI (Legal Entity Identifier o, según el RDL 14/2013, identificador de persona jurídica) es un código alfanumérico de 20 caracteres (estándar ISO 17442) que identifica unívocamente a las entidades legales a nivel mundial. El LEI es único, permanente, consistente y portable para cada entidad.

¿Qué es el código LEI?

Ventajas del código LEI

Gestión de riesgos
Mayor transparencia
Eficiencia operacional
Identificación de la empresa
Aumenta la calidad
Demostrada solidez

¿Cómo solicitar mi código LEI?

  • Accede a la web y rellena el formulario con los datos solicitados.

     

     

  • Imprime y firma el documento resultante de la operación.

     

     

  • Acude al Registro Mercantil junto con el justificante de pago de la operación.

     

     

  • En tan solo 15 días hábiles obtendrás tu código LEI.

     

     

Quiero solicitar mi código LEI

Preguntas frecuentes sobre el código LEI

Toda persona jurídica que vaya a realizar operaciones de inversión con cualquier instrumento financiero, a excepción de fondos de inversión (exentos de la aplicación de esta normativa). 

En caso de que los clientes no faciliten el código LEI a su intermediario financiero, no podrán ejecutarse las transacciones.

La normativa entra en vigor el 3 de enero de 2018, fecha a partir de la cual, si el cliente no proporciona su LEI al intermediario financiero, este no podrá ejecutar sus operaciones instruidas (artículo 13.2 del Reglamento Delegado de la Comisión 590/2017).

Se debe comunicar el código LEI a las empresas de servicios de inversion y a las entidades de crédito con las que la persona jurídica vaya a ejecutar las trasacciones sobre los instrumentos financieros seleccionados, a excepción de fondos de inversión. 

Dichos clientes deben comunicar el LEI que los identifique a estas entidades antes de ejecutar las operaciones financieras (artículo 26 MiFIR).

Se puede solicitar en cualquier momento. Es recomendable que se inicien los trámites con antelación a las fechas indicadas si desean que las entidades intermediarias en la operativa con instrumentos financieros sigan ejecutando las operaciones que les instruyan. 

Su tramitación tarda entre 24 y 48 horas.

Durante un año a partir de la fecha de emisión o de la fecha de la última renovación. Si no se solicita la renovación, el código LEI caduca.

La emisión de un nuevo código LEI tiene un coste de 100€ + IVA

El coste anual de arancel por cada renovación es de 50€ + IVA.

Puede obtener un Identificador de Persona Jurídica (IPJ) a través de internet a través de cualquiera de las organizaciones emisoras que aparecen en el siguiente listado: https://www.gleif.org/es/about-lei/how-to-get-an-lei-find-lei-issuing-organizations#